Colombia comparte con India el récord del país con más días festivos en el mundo. Los colombianos disfrutan de solo 15 días de vacaciones anuales, sin embargo, se ven recompensados gracias a los 18 días festivos que la Ley 51 de 1983 establece.
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Los días festivos representan derecho a descansos para los trabajadores, estipulados por la ley, los cuales deben ser remunerados por el patrono con un monto igual al pagado durante el descanso dominical, y no podrá ser descontado al trabajador en caso de falta al trabajo en tales días. Son catalogados por la Ley como días de fiesta de carácter civil o religioso.
El calendario 2019 de Colombia tiene dos días festivos menos en comparación con el año 2018, ya que varias fechas se unieron y otras no trasladables cayeron en fin de semana. Por ejemplo, el 20 de julio, Día de la Independencia (sábado) y el 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción (domingo) caen en fin de semana. El día de San Pedro y San Pablo y el Sagrado Corazón de Jesús se celebraran juntos el lunes 1 de julio.
Durante el año 2019 en Colombia habrá nueves puentes; es decir, dos menos de los que tuvo el 2018. El 1 de enero fue martes y el 1 de mayo y 7 de agosto caen en miércoles. El calendario 2019 de Colombia solo tendrá un puente un viernes, esto fue en Semana Santa.
CALENDARIO DE DIAS FESTIVOS EN COLOMBIA 2019
ENERO
Martes 1° de enero: Año Nuevo
Lunes 7 de enero: Día de los Reyes Magos (Se celebra el 06 de Enero y se traslada al lunes como día festivo con derecho a descanso remunerado)
MARZO
Lunes 25 de marzo: Día de San José (Se celebra el 19 de Enero)
ABRIL
Jueves 18 de abril: Jueves Santo
Viernes 19 de abril: Viernes Santo
MAYO
Miércoles 1° de mayo: Día del Trabajo
JUNIO
Lunes 3 de junio: Día de la Ascensión el Señor (Se celebra el 30 de mayo)
Lunes 24 de junio: Corpus Christi (Se celebra el Jueves 20 de junio)
JULIO
Lunes 1° de julio: Sagrado Corazón de Jesús y San Pedro y San Pablo (Se celebra el 29 de Junio)
Sábado 20 de julio: Día de la Independencia
AGOSTO
Miércoles 7 de agosto: Batalla de Boyacá
Lunes 19 de agosto: La Asunción de la Virgen (Se celebra el 15 de Agosto)
OCTUBRE
Lunes 14 de octubre: Día de la raza (Se celebra el 12 de Octubre)
NOVIEMBRE
Lunes 4 de noviembre: Todos los Santos (Se celebra el 1° de Noviembre)
Lunes 11 de noviembre: Independencia de Cartagena
DICIEMBRE
Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
Miércoles 25 de diciembre: Navidad
Basamento legal de los días festivos en Colombia
La LEY 51 DE 1983 es la que rige los días festivos en Colombia. La misma la presentamos a continuación:
El congreso de Colombia decreta:
ARTICULO PRIMERO. Todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: 1° de Enero, 6 de Enero, 19 de Marzo, 1° de Mayo, 29 de Junio, 20 de Julio, 7 de Agosto, 15 de Agosto, 12 de Octubre, 1 de Noviembre, 11 de Noviembre, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre, además de los días Jueves y Viernes Santos correspondientes a la Semana Santa, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús.
El descanso remunerado del 6 de Enero, 19 de Marzo, 29 de Junio, 15 de Agosto, 12 de Octubre, 1 de Noviembre, 11 de Noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día, incluso si cae día domingo.
Las prestaciones y derechos que para el trabajador origina el trabajo en los días festivos, se reconocerán en relación al día de descanso remunerado establecido en el inciso anterior.
ARTICULO SEGUNDO. La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descanso dominical, pero sin que haya lugar a descuento alguno por falta al trabajo.