Para la adquisición de vivienda, los bancos otorgarán financiamiento por 3 millones de bolívares y para la autoconstrucción se otorgará hasta Bs 1 millón.
Syrdaimg Yánez / Últimas Noticias
En Gaceta Oficial Nº 40.905 fue publicada la resolución Nº 116, que establece las condiciones de financiamiento que regirán el otorgamiento de créditos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras de vivienda principal.
El monto máximo del financiamiento para vivienda principal que se otorgue será de hasta tres millones de bolívares para los créditos de adquisición de vivienda principal; mientras que para la autoconstrucción de vivienda principal se otorgará hasta un millón de bolívares. Por concepto de créditos para la ampliación de vivienda serán otorgados hasta setecientos mil bolívares y hasta quinientos mil bolívares por concepto de mejoras de vivienda principal.
Los créditos para la adquisición de vivienda principal deberán ser pagados mediante cuotas mensuales ordinarias y cuotas extraordinarias; las cuotas mensuales no podrán superar el 35% del ingreso integral total familiar ni podrán ser menores al 5% del mismo.
Adicionalmente se establece que el subsidio directo habitacional solo será otorgado como complemento del crédito a familias que lo soliciten y que estén compuestas por un núcleo familiar mínimo de dos personas. Además se le otorgará a quienes acceden por primera vez a un crédito para la adquisición o autoconstrucción de vivienda principal y no hayan recibido dicho beneficio anteriormente.
Los bancos toman en cuenta para dar los créditos, el ingreso mensual integral total familiar del solicitante o de los solicitantes, pues lo pueden pedir mas de dos personas.
LEA AQUI LA Gaceta Oficial Nº 40.905 fue publicada la resolución Nº 116 en pdf
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